¿MI PATINETE ELÉCTRICO ES UN VEHÍCULO DE MOVILIDAD PERSONAL (VMP)?

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Los vehículos de Movilidad Personal son vehículos relativamente nuevos y que han tenido un auge importante desde el año 2020. 

Ahora bien, su regulación es abstracta y desconocida por las personas que utilizan estos vehículos, lo que conlleva ser un riesgo para todos. 

Son vehículos de una o más ruedas, monoplaza y propulsados por motores eléctricos, no pudiendo superar la velocidad de 25km/h. Por ejemplo: los patinetes eléctricos. 

La definición estricta de VMP destinados a transporte personal es la siguiente:

  • Vehículo con una o más ruedas con capacidad para una persona
  • Motor eléctrico
  • Velocidad de entre 6 y 25 km/h
  • Batería de hasta 100 VCC y cargador integrado de hasta 240 VCA de entrada
  • Si tiene sistema de autoequilibrado, debe incorporar asiento o sillín

En esta definición, se excluyen los juguetes, los vehículos para personas con movilidad reducida y los denominados EPAC (ciclos o vehículos con pedaleo asistido, es decir, bicicletas eléctricas).

Es importante destacar que, hasta la fecha, cada ciudad o lugar de residencia regía en sus ordenanzas municipales una regulación o exigencia de uso de estos vehículos. Ahora bien, tenemos una normativa nueva que señala estas importantes obligaciones:

-Que no puedes conducir un VMP si has consumido alcohol o drogas. Y, a diferencia de lo que ocurre con los turismos particulares, la tolerancia es cero.

-Está prohibido circular por la acera y no pueden viajar dos personas o más en el VMP. 

-Tampoco puedes circular usando auriculares y, muy importante, el casco es obligatorio.

-También debes tener en cuenta que estás obligado a aparcar en sitios destinados a VMP

-Y, finalmente, a efectos legales eres un conductor, por lo que la responsabilidad de lo que ocurra será tuya.

Si eres menor, la responsabilidad civil es de los padres o tutores por los daños causados por los menores o personas tuteladas derivados del uso, ya que son de estos los deberes de vigilancia, custodia o educación.

En cuanto al Régimen de responsabilidad penal en caso de un accidente de tráfico con un patinete eléctrico, para poder reclamar es necesario contar con los datos del conductor del Vehículo de Movilidad Personal, para ello son imprescindibles los testigos, fotografías del lugar y grabaciones aunque sea del momento del accidente.

Por eso, es importante que tengas en cuenta que, a la hora de adquirir un VMP comercializado a partir de 22 de enero de 2024 deberán estar certificados para su uso. Los VMP comercializados​ hasta el 21 de enero de 2024 podrán circular hasta el 22 de enero de 2027 aunque no dispongan de certificado. A partir de dicha fecha, solamente lo podrán hacer los VMP que cuenten con la certificación.

Al ser un tema novedoso y que todavía tiene que asentarse con esta normativa y regulación específica, si te has visto envuelto en un accidente a favor o en contra de un VMP y quieres reclamar, o tienes cualquier duda al respecto de este tipo de vehículo, ponte en contacto con Tu Asesor Abogado y Mediador y te resolveremos tus consultas legales.